¿Qué es el Consejo Nacional de Estupefacientes Colombia?

Que los literales a) y b) del artículo 91 de la Ley 30 de 1986, establecen como función del Consejo Nacional de Estupefacientes, formular para su adopción por el Gobierno Nacional las políticas, planes y programas que las entidades públicas y privadas deben adelantar para la lucha contra la producción, comercio y uso. 

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